STPS Registro de servicios u obras especializadas
Registro REPSE
Registro REPSE
Sin excepción, a partir de este 1 de septiembre toda empresa que ponga a disposición trabajadores propios en beneficio del cliente para ejecutar las actividades establecidas en el contrato debe estar inscrita en el Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas (Repse).
La Ley Federal del Trabajo en su artículo 15 establece que las personas físicas o morales que proporcionen servicios especializados o ejecuten obras especializadas deben contar con un registro ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
Te brindamos los siguientes servicios:
Registro de tu empresa ante la Secretaría de Trabajo y Previsión social que incluye:
Derivado de la reforma de subcontratación conlleva a que las personas físicas y morales que ofrecieran servicios especializados deberán exhibir sus contratos ya que la ley del seguro social de acuerdo al artículo 15-A establece que se deberá proporcionar de manera cuatrimestral antes del día 17 del mes de enero, mayo y septiembre la documentación en donde se establezcan los contratos realizados durante estos periodos.
Te brindamos los siguientes servicios:
El Sistema de Información de Subcontratación (SISUB) es el medio electrónico que permite a los patrones cumplir con lo establecido en el artículo 29 Bis de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, aplicable a personas físicas y morales que se encuentren registradas en términos del artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, para llevar a cabo la prestación de servicios especializados o la ejecución de obras especializadas.
Te brindamos los siguientes servicios:
5374-3114
5393-0975